Recolección y registro de datos
Esta información deberá ser precisa, completa oportuna y recibirse con la regularidad y continuidad deseable, por lo tanto, la vigilancia epidemiológica deberá:
- Seleccionar los datos necesarios para cada una de las enfermedades consideradas.
- Establecer las normas de periodicidad con la cual debe informarse y los canales a utilizarse.
- Identificar las fuentes de información: registros regulares de servicios de atención médica y de salud pública, laboratorios y otros organismos que por sus funciones constituyen fuentes valiosas de datos sobre el saneamiento ambiental, registros de antecedentes demográficos (registros civiles), censos de población y vivienda, encuestas por muestreo, registros de enfermedades y otras fuentes de datos (incluidos los datos procedentes de sectores distintos al de la salud)
- Recibir las notificaciones e informes que llenen las condiciones señaladas en 1), 2), y 3).
- Realizar investigaciones especiales, complementarias, que contribuyan a configurar y precisar el cuadro en estudio.
- Reunir y compaginar toda la información que permita el análisis del problema y su interpretación.
- Reunir los datos necesarios para coordinar y controlar el funcionamiento del sistema de información.
Procesamiento, análisis e interpretación
- Elaborar tablas y gráficos.
- Calcular tasas específicas y establecer razones y proporciones.
- Fijar patrones de comparación.
- Analizar la información y compararla con los patrones establecidos para su debida interpretación.
- Redactar y presentar a los organismos competentes interesados, informes que reúnan todos los elementos de juicio de la situación en estudio, los problemas identificados y su análisis e interpretación.
Recomendaciones e informes de la Vigilancia Epidemiológica
- La unidad de vigilancia epidemiológica informará al organismo o entidad de decisión superior oportunamente: haciendo una descripción detallada de la situación confrontada e indicando las medidas de control que propone y recomienda. Una vez tomada la decisión y ejecutadas las medidas de control, o en vías de ejecución, la unidad de vigilancia seguirá informando al nivel superior, los resultados obtenidos y la evolución del problema.
- La unidad de vigilancia se encargará de publicar un boletín, con el fin de informar a todos los servicios de salud y otros interesados, incluyendo organismos internacionales, sobre la situación epidemiológica del país, estado o área sometida a vigilancia. Ese boletín, además de incluir descripciones del problema con cuadros, tasas, gráficos, etc., comentará la información presentada, analizándola e interpretándola. También señalará las medidas de control aplicadas y los resultados obtenidos. El contenido del boletín podrá ampliarse con datos e información de situaciones que afecten a otros países o regiones, por ser de interés y porque aportan conocimientos y experiencia.
- La unidad de vigilancia tiene la responsabilidad de establecer y actualizar normas, pautas y procedimientos referentes al sistema de vigilancia, a las medidas de control y a la evaluación de esas medidas.
Acciones de control
Dependiendo de las condiciones de estructuración y desarrollo de los servicios de salud, el organismo de vigilancia podrá tener la responsabilidad de participar en, o de realizar las actividades de control:
- Proteger los susceptibles (quimioprofilaxis, prevención inmunológica y otras medidas apropiadas).
- Interferir un brote (vacunación en masa en tiempo corto, tratamientos preventivos y otras medidas de control).
- Orientar o bien realizar el tratamiento y aislamiento de los casos.
- Vigilar el cumplimiento de las normas, sobre todo de aquellas acciones (como de saneamiento ambiental, por ejemplo) que no dependen directamente del organismo de vigilancia.