En el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos (diciembre 10) se pone énfasis en la universalidad de los derechos culturales. La universalidad significa que todos los seres humanos tienen los mismos derechos humanos simplemente por su condición de ser humanos, independientemente de donde vivan y quienes sean, así como de su situación o características particulares. Debe entenderse que la universalidad está estrechamente vinculada a los siguientes principios fundamentales de los derechos humanos: la interdependencia, la indivisibilidad, la igualdad y la dignidad. En la práctica, es un instrumento esencial para el sistema de los derechos humanos de las Naciones Unidas, los diversos mecanismos regionales de derechos humanos y los defensores de derechos humanos en todo el mundo.
Los derechos culturales son un componente vital de la universalidad, y esta es esencial para defender los fundamentos de los derechos culturales: el auge de la diversidad cultural, el mestizaje y la apertura cultural, y el derecho de todas las personas a participar en una vida cultural dinámica sin discriminación.
En su informe de 2021 al Consejo de Derechos Humanos, la Relatora Especial se centró en el impacto de la pandemia de coronavirus (COVID-19) en las culturas y los derechos culturales, y en la posible catástrofe cultural mundial que representa, con consecuencias graves y duraderas para los derechos culturales y otros derechos humanos. En el informe, se examinan las repercusiones negativas del COVID-19 en las culturas y los derechos culturales de todo el mundo, así como el potencial positivo de las culturas y los derechos culturales, incluido el derecho a la ciencia, para mejorar las soluciones que respetan los derechos y fomentar la resiliencia. El informe también contiene recomendaciones pertinentes para la acción.
Publicado: 4 de febrero de 2021
Autora: La Relatora Especial sobre los derechos culturales
Presentado: Al Consejo de Derechos Humanos en su 46° sesión, en febrero-marzo de 2021.
Enlace: A/HRC/46/34